Guía práctica para España
No basta con mirar el número que aparece en pantalla
El spam telefónico es una forma práctica de referirse a llamadas no deseadas, inesperadas o insistentes, habitualmente comerciales. No todas son una estafa: también pueden ser llamadas automatizadas, errores o publicidad que no deseas recibir. Para valorarlas, fíjate en el contexto, en lo que te pide quien llama y en si puedes confirmar la comunicación mediante un canal oficial independiente. El número mostrado, incluso si parece conocido, no identifica por sí solo a la persona o empresa que está llamando.
Llamada comercial no deseada
Puede afectar a tus derechos de publicidad y protección de datos.
Posible fraude telefónico
Prioriza no compartir datos y verificar por un canal oficial.
Número mostrado
Es una señal de contexto, no una prueba de identidad ni de legitimidad.
Qué se considera spam telefónico y qué no
La expresión no es una categoría jurídica única. Sirve para describir, de forma útil, llamadas que no esperabas o no quieres recibir. Conviene separar tres situaciones porque no requieren exactamente la misma respuesta:
Publicidad telefónica no deseada
Es una llamada con finalidad comercial. Si interviene una persona, la empresa debe identificarse, explicar esa finalidad e informar de cómo revocar el consentimiento o ejercer el derecho de oposición.
Llamada automática o silenciosa
Puede resultar molesta o desconcertante, pero el silencio, una grabación o una desconexión rápida no demuestran por sí mismos que exista una estafa.
Posible fraude o vishing
Hay más riesgo si se solicitan datos personales, dinero, claves, códigos de verificación, acceso a cuentas o instalación de software bajo presión o urgencia.
Señales para identificar una llamada no deseada
Ninguna señal aislada permite diagnosticar una llamada como fraudulenta. Aun así, estas circunstancias justifican actuar con cautela:
- No reconoces la llamada y quien habla no se identifica con claridad.
- Te llaman de forma insistente o la conversación comienza con una grabación, silencio o mensajes poco claros.
- Te presionan para actuar de inmediato, pagar, evitar una supuesta suspensión o resolver una incidencia urgente.
- Te piden información personal, bancaria, credenciales, códigos de verificación o acceso remoto al dispositivo.
- El nombre que aparece en pantalla parece corresponder a una entidad conocida, pero la petición no encaja con sus canales habituales.
Qué hacer durante o después de una llamada sospechosa
- No compartas información sensible. No des datos bancarios, claves, códigos de autenticación ni permitas acceso remoto al móvil u ordenador.
- Cuelga si no puedes verificar quién llama. No necesitas continuar una conversación que te incomoda o te genera dudas.
- Comprueba por un canal oficial. Contacta con la empresa, banco o administración usando el teléfono de su web oficial, aplicación, tarjeta o documentación contractual; no uses el número facilitado durante la llamada.
- Si es publicidad y la empresa se identifica, expresa tu oposición. Puedes pedir que te indiquen quién llama, con qué finalidad y cómo retirar el consentimiento o dejar de recibir comunicaciones comerciales.
- Guarda pruebas si las llamadas se repiten. Conserva la fecha, hora, número mostrado, capturas, el nombre de la empresa si se facilitó y cualquier otro indicio disponible.
Derechos frente a llamadas comerciales no deseadas
Desde el 29 de junio de 2023, el artículo 66.1.b de la Ley General de Telecomunicaciones reconoce el derecho a no recibir llamadas no deseadas con fines de comunicación comercial, salvo que exista consentimiento previo u otra base de legitimación prevista por la normativa de protección de datos.
Esto no significa que cualquier llamada de un número desconocido sea ilícita, ni concede un derecho general a no recibir llamadas personales, de servicios o de otra naturaleza. Para valorar una llamada comercial importan, entre otros elementos, quién es el responsable, qué relación previa existe y qué prueba puede conservarse.
La Circular 1/2023 de la AEPD establece que no pueden realizarse llamadas comerciales a números generados aleatoriamente sin consentimiento previo. Si la llamada comercial la realiza una persona, al inicio deben informarte de la identidad de la empresa, la finalidad comercial y la posibilidad de oponerte o retirar el consentimiento.
Lista de exclusión publicitaria: utilidad y límites
Inscribirse en un sistema de exclusión publicitaria, como la Lista Robinson, puede ayudar a reducir llamadas comerciales de empresas a las que no has dado consentimiento o de las que no eres cliente. La AEPD indica que su eficacia comienza a partir del segundo mes.
No es un bloqueo universal: pueden seguir existiendo comunicaciones cuando hayas dado consentimiento o exista una relación contractual en los supuestos permitidos. La inscripción tampoco sustituye a pedir directamente la oposición o la retirada del consentimiento cuando identificas a la empresa responsable.
Qué indica el rango 400 en las llamadas comerciales
Desde el 17 de octubre de 2026, las empresas y supuestos incluidos en la normativa aplicable deben utilizar el rango 400 para las llamadas comerciales, con las excepciones transitorias previstas legalmente. Es un rango exclusivamente saliente.
Esta medida puede ayudar a reconocer el contexto comercial de una llamada, pero no certifica que sea auténtica. Del mismo modo, una llamada desde un número distinto de 400 no es automáticamente fraudulenta. La numeración mostrada no prueba ni la identidad de quien llama ni la legitimidad de su petición.
Cuándo guardar pruebas y reclamar
Si recibes llamadas comerciales repetidas y quieres reclamar, reúne la información disponible antes de iniciar el trámite. Para que la AEPD pueda actuar, normalmente resulta útil aportar una captura del número y la hora, una grabación u otro indicio que permita identificar a la empresa, además de documentación que acredite la titularidad o autorización de uso de la línea.
Cuando la llamada se refiere a productos o servicios similares a los que ya tienes contratados, pueden ser necesarios requisitos adicionales. Por ejemplo, la AEPD contempla supuestos en los que debe acreditarse una inscripción previa en un sistema de exclusión publicitaria, o haber retirado el consentimiento o ejercido oposición con anterioridad. No todos los casos se valoran igual.
Si, en cambio, observas indicios de fraude, suplantación o perjuicio económico, la reclamación por publicidad no sustituye a las actuaciones de seguridad que correspondan. Contacta cuanto antes con la entidad afectada mediante sus canales oficiales y conserva las evidencias disponibles.
Preguntas frecuentes
¿Puedo fiarme del nombre de una empresa que aparece en la pantalla?
No necesariamente. El identificador puede mostrar un nombre conocido y aun así la llamada no proceder de los canales auténticos de esa entidad. Si hay dudas, cuelga y contacta con ella desde un teléfono oficial.
¿Debo devolver una llamada perdida de un número desconocido?
No conviene devolverla solo porque el número parezca conocido o porque hayas recibido una llamada perdida. Si esperabas una gestión de una empresa, utiliza el teléfono que figure en sus canales oficiales para comprobarlo.
¿La Lista Robinson evita todas las llamadas?
No. Puede reducir la publicidad de empresas a las que no has dado consentimiento o de las que no eres cliente, pero no elimina todas las comunicaciones ni sustituye a la oposición directa ante una empresa identificada.
¿Una llamada desde un número 400 es segura?
No puede asegurarse solo por su numeración. El rango 400 se reserva para llamadas comerciales en los supuestos regulados, pero sigue siendo necesario comprobar la identidad de la empresa por un canal oficial antes de dar información o realizar pagos.
Fuentes oficiales
Revisado el 29 de octubre de 2026.
